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Capitulaciones Matrimoniales

Cuando contraes matrimonio en Puerto Rico, estableces una sociedad legal de gananciales con tu cónyuge, a menos que otorgues ante un Notario Público una Escritura de Capitulaciones Matrimoniales. Si no otorgas Capitulaciones Matrimoniales, todo lo adquirido durante el matrimonio (sean bienes o deudas), son de ambos cónyuges en partes iguales. También, los cónyuges son responsables de mantener los hijos que el otro cónyuge haya tenido en otra relación, así que tu ingreso puede ser utilizado para computar el pago de pensión alimentaria en beneficio de ese hijo.

 

Si no deseas que esto ocurra tienen que otorgar una Escritura de Capitulaciones Matrimoniales donde estableces el régimen económico que regirá en su matrimonio. Los otorgantes pueden elegir entre:

  1. Sociedad Legal de Gananciales;

  2. Total Separación de Bienes;

  3. Separación de Bienes, pero con participación en las ganancias;

  4. Renuncia al régimen legal de gananciales;

  5. Elegir cualquier otro régimen que combine estas posibilidades, siempre que no infrinja las leyes y las buenas costumbres.

 

Actualmente, la ley permite en Puerto Rico crear Capitulaciones Matrimoniales luego de contraído matrimonio. También se permite modificar- durante el matrimonio- las Capitulaciones Matrimoniales realizadas previo a este.

 

¿Qué cláusulas se pueden incluir en una Escritura de Capitulaciones Matrimoniales?

En esta Escritura, los ustedes pueden disponer, además sobre:

  1. Los derechos de los esposos sobre sus respectivos bienes;

  2. Los derechos sobre las ganancias de cada cónyuge durante el matrimonio;

  3. Los intereses de terceros que contratan con uno u otro cónyuge;

  4. Los acuerdos relacionados a la gestión o administración de cada esposo sobre sus bienes propios, y sobre la posible intervención en los bienes del otro cónyuge;

  5. Donaciones por razón del matrimonio.

  6. También pueden incluir cualquier acuerdo con tu futuro o actual cónyuge, siempre y cuando estos acuerdos no sean contrarios a la moral, a la ley o al orden público.

Si desean otorgar una Escritura de Capitulaciones Matrimoniales, póngase en contacto con su abogado de confianza o llámenos al 787-901-4424 para coordinar una cita y evaluar su caso.

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