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Escritura de Segregación

¿Qué es una Segregación?

Es separar para efectos del Registro de la Propiedad, una parte de una finca. El resultado de esta segregación es que habrá una o varias nuevas parcelas inscritas en el Registro, y la finca de la que se segregaron quedara una porción llamada “remanente”.

 

Las parcelas segregadas serán fincas nuevas en el Registro y como tales se podrán luego enajenar o gravar de forma independiente.

¿Quién puede segregar?

Modern Neighborhood

Solamente el dueño. Al igual que las agrupaciones, no lo puede impedir los titulares de gravámenes. Al segregar, se tiene que describir primero la totalidad de la finca, luego la porción segregada y luego el remanente. Solo se exceptúan aquellos casos en que existen planos inscritos donde conste todo claramente y en la escritura se haga referencia específica a los planos.

Otras consideraciones respecto a las segregaciones

En las segregaciones es de suma importancia cumplir con las leyes especiales. Primero OGPe, toda segregación de un predio urbano tiene que tener la previa aprobación de esta agencia. O sea, la escritura de segregación tiene que venir acompañada de la resolución de OGPe. En los casos de fincas rusticas, dependiendo de la clasificación del terreno necesitara la previa aprobación o una dispensa de OGPe. En los casos de urbanizaciones, además del permiso de OGPe se necesitan los demás permisos de todas las otras agencias.

Si necesita una Escritura de Segregación, póngase en contacto con su abogado de confianza o llámenos al 787-901-4424 para coordinar una cita y evaluar su caso.

El material y los comentarios disponibles en esta página son de carácter educativo. Bajo ningún concepto este blog constituye una relación abogado-cliente ni sustituye una orientación legal por un profesional admitido al ejercicio de la abogacía en Puerto Rico. Para conocer sobre abogados que puedan brindarle asesoría y/o representación legal puede acceder a la página virtual de la Rama Judicial de Puerto Rico (http://www.ramajudicial.pr/orientacion/dir-abogados.html)
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