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Herencias

Podemos disponer la forma en que nuestros bienes serán distribuidos a nuestros herederos cuando estamos en vida mediante las donaciones o mediante los testamentos. En ambos casos, los bienes tienen que ser distribuidos cumpliendo con nuestro ordenamiento jurídico que regula estas figuras. Si optamos con disponer mediante testamento, tenemos que seguir unas formas y requisitos para que sea válido y evitar mayores situaciones familiares luego de nuestra muerte.

Ahora bien, si la persona no otorgó testamento, o si otorgó uno y es ineficaz, hay que hacer una Petición de Declaratoria de Herederos al Tribunal para que sea este quien instituya a los herederos del causante.

Si desea mas información sobre las Herencias en Puerto Rico, póngase en contacto con su abogado de confianza o llámenos al 787-226-1693 para coordinar una cita y evaluar su caso.

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