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Preguntas Frecuentes:

¿Quiénes pueden solicitar una Declaratoria de Herederos?

Para solicitar una Declaratoria de Herederos usted debe tener interés en la herencia. Por lo general, quienes pueden tramitar este proceso son los herederos forzosos del fallecido.

 

Los hermanos del fallecido también podrían solicitar la Declaratoria de Herederos cuando necesitan esta Sentencia para tramitar los procedimientos hereditarios de sus padres.

¿Qué ocurre si un heredero forzoso también falleció?

Certificado de Defunción del fallecido. En caso de haber fallecido algún heredero forzoso y estos no haber otorgado Testamento y no tener Declaratoria de Herederos, deberá hacerse una Declaratoria de Herederos adicional para estos. ​

¿Qué procede una vez tenemos la Resolución del tribunal declarando los herederos legales?

Una vez tenemos la declaratoria que los identifica los herederos, debe hacerse un inventario de los bienes y deudas que poseía el fallecido. Esto es importante para completar la Planilla de Caudal Relicto del Departamento de Hacienda y para saber qué y cuánto corresponde a los herederos. Si el caudal del fallecido esta exento del pago de contribuciones, el Departamento de Hacienda emitirá un relevo a estos efectos. Este relevo, junto con la Resolución de Declaratoria de Herederos, son sumamente importantes para inscribir mediante Instancia cualquier derecho hereditario sobre propiedades inmuebles. Este último procedimiento sobre propiedades inmuebles se lleva a cabo en el Registro de la Propiedad.  Respecto a las propiedades, tambien hay que realizar el correspondiente cambio de dueño en el CRIM.

 

Ademas, con el inventario pueden saber si los bienes son suficientes para pagar las deudas, si hubiera que vender propiedades para satisfacer las deudas y para computar la cuota viudal usufructuaria (de aplicar). ​

¿Qué es la Instancia?

Es el documento que se redacta y presenta en el Registro de la Propiedad correspondiente al municipio donde están las propiedades del/la causante (fallecido/a) para que se transfiera el derecho hereditario sobre dicha propiedad a los herederos que se mencionan en la Resolución de la Declaratoria de Herederos.

Junto con esta Instancia, se debe acompañar como complementario la Resolución certificada de la Declaratoria de Herederos, el Relevo de Hacienda y otros documentos como las certificaciones negativas de ASUME y Hacienda.

La Instancia paga sellos y comprobantes que se determinan según el valor de la propiedad. Para ello, se necesita un Estudio de Título o una Certificación Registral para obtener los datos de la/s propiedad/es del/la causante (fallecido/a).

Recomendamos que al momento de presentar la Petición de Declaratoria de Herederos ya se tenga las descripciones registrales de la/s propiedad/es del/la causante (fallecido/a).

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